Publicado en el Boletín Oficial – RG 4328
Se efectúan modificaciones que amplían el plan de facilidades de pago que permite cancelar las obligaciones impositivas y de la seguridad social en hasta 48 cuotas.
En tal sentido, se establecen las siguientes modificaciones, con efecto a partir del 1/11/2018:
* Se podrán incluir las obligaciones vencidas hasta el 30/9/2018.
* Quedan incluidas las obligaciones correspondientes al impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales de las personas humanas correspondientes al período fiscal 2017, como así también las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias de otro tipo de sujetos vencidas hasta el 30/9/2018.
* Se permite reformular los siguientes planes de facilidades de pago consolidados hasta el 31/10/2018:
a) Plan de facilidades de pago permanente -RG (AFIP) 4268-.
b) Saldo de las declaraciones juradas de ganancias y bienes personales -RG (AFIP) 4057-.
c) Plan de facilidades de pago permanente para sujetos excluidos del monotributo -RG (AFIP) 4166-.
Por último, señalamos que se extiende hasta el 31/12/2018 el plazo previsto para efectuar el acogimiento al presente plan de facilidades de pago.
Compartido por equipo de Consultora LP