La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclaró cómo será el procedimiento para la Declaración Jurada de Renta Financiera que hay que hacer por el año 2018. La presentación deberá hacerse antes del 15 de marzo de este año.
Sobre esta información destacamos algunos aspectos relevantes:
-Para el Impuesto a la renta financiera, se debe presentar una declaración jurada en forma separada a la de Ganancias.
-Las entidades financieras, los agentes de liquidación y las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión van a tener que informar a la AFIP y a sus clientes los rendimientos que obtuvieron durante todo el año como una forma de facilitar la liquidación del impuesto.
-Atento a que existe una deducción especial equivalente al mínimo no imponible por debajo de la cual las rentas que se obtienen no tributan el impuesto, se señaló que dichos sujetos estarán eximidos de presentar la correspondiente declaración jurada.
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