El ajuste del mínimo no imponible va a estar por debajo de la inflación real siendo un perjuicio para el trabajador y monotributista. Compartimos esta nota Nota de La Nación con detalles para tener en cuenta.
La evolución que muestren algunas variables económicas este año influirá en el peso de las cargas tributarias que tendrán los ingresos de las personas en 2019. En el caso de impuesto a las ganancias, casi todas las variables del esquema (los salarios alcanzados y los montos de ingresos que determinan qué alícuotas se pagan, por ejemplo) se actualizan según un índice que contempla cómo les fue a los salarios formales entre los meses de octubre de los dos años previos al período fiscal correspondiente.
De esta manera, a los niveles actuales (del salario más bajo alcanzado por el impuesto , por caso) se les aplicará el porcentaje de la variación que haya mostrado la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) entre octubre de 2017 y ese mes de este año. Los últimos datos disponibles permiten saber que, entre los meses de julio, la suba fue del 23,7%. Más allá de cuál sea el número final, todas las proyecciones indican que esta variable crecerá por debajo de la inflación . El efecto, entonces, será un incremento en el peso que tiene Ganancias sobre los ingresos (si esa incidencia se mide a igual poder adquisitivo).
“El índice salarial va a ser menor que la inflación; entonces, en la medida en que algún salario le gane al Ripte, pagará más por Ganancias porque el mínimo no imponible quedará retrasado”, señala el tributarista César Litvin.
La actualización de este año (que fue aplicada ya a partir de enero) fue del 28,77%, unos puntos por arriba de la inflación de 2017 informada por el Indec, lo cual llevó a determinar que estuvieran gravados los salarios netos a partir de $29.855 (promedio mensual para todo el año) en el caso de trabajadores sin cargas de familia, o desde los $39.495 si se deducen cónyuge y dos hijos (también, ingreso neto promedio mensual).
En el monotributo, la ley determina que los aportes mensuales a cargo de los contribuyentes y los montos de facturación máxima (tanto para estar incluido en el régimen como para definir en qué categoría debe ubicarse cada uno) se actualizan en cada enero en un porcentaje que disponga la AFIP y que, como máximo, equivale a la suba de los haberes jubilatorios del año previo. Como la fórmula de cálculo de la movilidad previsional considera la inflación con un rezago de seis meses, el aumento de las variables que tendrá el régimen simplificado en 2019 no captará toda la suba de precios de 2018, acelerada en esta segunda parte del año.
Escrito por: Silvia Stang para el Diario La Nación, 24 de septiembre de 2018.